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La lucha contra el crimen organizado es una de las tareas más arduas y complejas que enfrenta cualquier Estado. No basta con encarcelar a los delincuentes; es necesario, además, desarticular sus estructuras económicas y financieras. En este sentido, el Poder Ejecutivo Nacional ha dado un paso significativo al oficializar un nuevo “Régimen de conservación, administración y disposición de los bienes provenientes de actividad ilícita”. Esta medida, instrumentada a través del Decreto 575/2025, busca centralizar y transparentar la gestión de los activos recuperados del delito, con el objetivo de fortalecer las capacidades del Estado y enviar un mensaje claro a las organizaciones criminales: el delito no paga.
La creación de este nuevo régimen es un reconocimiento de que la gestión de los bienes decomisados no es un mero asunto logístico, sino una herramienta estratégica de política criminal. Hasta ahora, la administración de estos bienes se encontraba fragmentada y dispersa, lo que limitaba su aprovechamiento y reducía su impacto. Con esta nueva normativa, se busca pasar de una visión meramente administrativa a una concepción estratégica, que ponga los recursos recuperados al servicio de la lucha contra el delito y la protección de los derechos de los ciudadanos.
El decreto marca un punto de inflexión en la forma en que el Estado argentino concibe y gestiona los bienes del delito. La normativa anterior, según se desprende de los considerandos del decreto, concebía la gestión de estos bienes como un asunto meramente logístico, sin considerar su “potencialidad estratégica para el fortalecimiento institucional”. En otras palabras, los bienes se acumulaban en depósitos, sin un plan claro sobre su destino y sin aprovechar su valor económico y social.
El nuevo régimen, en cambio, propone una mirada integral y sistémica. Se busca no solo conservar los bienes, sino administrarlos de manera eficiente y disponer de ellos de forma transparente, para que los recursos generados se reinviertan en el fortalecimiento de las instituciones que luchan contra el crimen. Se trata, en definitiva, de cerrar el círculo: que el producto del delito se utilice para combatirlo.
El nuevo régimen se asienta sobre tres pilares fundamentales: la transparencia, la centralización y el control. Para garantizar la transparencia, se prevé la confección de un inventario público y actualizado de todos los bienes cautelados y recuperados, con trazabilidad desde su recepción hasta su disposición final. Esto permitirá un mayor control ciudadano y aumentará la confianza en las instituciones estatales.
La centralización, por su parte, se materializa en la creación de un “Consejo de Bienes Recuperados” en el ámbito del Ministerio de Justicia. Este Consejo funcionará como un órgano colegiado de supervisión, evaluación y toma de decisiones respecto de los bienes. Además, se establece que la administración y custodia de los bienes quedará a cargo del Ministerio de Justicia, desplazando de esa función a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) en lo que respecta a los activos provenientes del delito.
Finalmente, el control se refuerza a través de la participación de diversos organismos en el Consejo y en la distribución de los fondos. Se busca, de esta manera, una mirada sistémica y coordinada, que involucre a todos los actores institucionales que participan en la lucha contra el crimen organizado.
La creación del Consejo de Bienes Recuperados es, quizás, la innovación más importante del nuevo régimen. Este órgano colegiado tendrá a su cargo la supervisión y evaluación de la gestión de los bienes, así como la toma de decisiones estratégicas sobre su destino. Su conformación, que se espera sea multidisciplinaria, será clave para garantizar una gestión eficiente y transparente.
El Consejo deberá, entre otras cosas, aprobar los planes de administración y disposición de los bienes, supervisar su ejecución y rendir cuentas de su gestión. Será, en esencia, el “cerebro” que piense y decida cómo utilizar de la mejor manera posible los recursos recuperados del delito.
A continuación, se transcribe la parte más relevante del decreto, donde se exponen los fundamentos del nuevo régimen:
> “Que, en lo que atañe a la administración de los bienes decomisados, la actual regulación concibe la gestión de tales bienes como un asunto meramente logístico, sin considerar su potencialidad estratégica para el fortalecimiento institucional”.
>
> “Que, asimismo, la incorporación de los distintos organismos previstos en la escala de distribución propuesta demuestra una mirada sistémica del problema del delito y del uso de bienes recuperados, toda vez que cada uno cumple una función estratégica diferente en la lucha contra el delito y en la protección de derechos, por lo que su financiamiento contribuye a una política criminal más efectiva y coordinada”.
Uno de los aspectos más interesantes del nuevo régimen es la escala de distribución de los recursos que se obtengan de la venta o administración de los bienes. Se busca garantizar que cada uno de los organismos involucrados en la lucha contra el delito reciba una asignación adecuada y previsible, que les permita fortalecer sus capacidades operativas y mejorar su planificación presupuestaria.
Si bien el decreto no especifica los porcentajes de distribución, sí deja en claro que se busca una perspectiva integral, que reconozca el rol de cada actor institucional. Esto incluye no solo a las fuerzas de seguridad y al poder judicial, sino también a los organismos encargados de la protección de los derechos de las víctimas y de la prevención del delito.
La creación de este nuevo régimen es, sin duda, una buena noticia. Sin embargo, el verdadero desafío estará en su implementación. Será necesario dotar al Ministerio de Justicia y al Consejo de Bienes Recuperados de los recursos humanos y materiales necesarios para llevar adelante su tarea. Será fundamental, también, garantizar la coordinación y la colaboración entre los distintos organismos del Estado.
El decreto establece plazos ambiciosos. El Consejo de la Magistratura tiene 60 días hábiles para realizar un relevamiento de todos los bienes cautelados y recuperados en el ámbito de la justicia nacional y federal. Y una vez presentado ese relevamiento, la cesión de la administración de los bienes al Ministerio de Justicia deberá materializarse en 30 días hábiles. El cumplimiento de estos plazos será una primera prueba de fuego para el nuevo régimen.
1. ¿Qué son los bienes del delito?
Son los activos (dinero, propiedades, vehículos, etc.) que han sido obtenidos como producto de una actividad ilícita.
2. ¿Qué es el decomiso?
Es la pérdida de la propiedad de los bienes del delito en favor del Estado, como consecuencia de una sentencia judicial.
3. ¿Qué es la extinción de dominio?
Es un mecanismo legal que permite al Estado quitarle la propiedad de los bienes a una persona cuando existen indicios de que fueron obtenidos de forma ilícita, sin necesidad de una condena penal.
4. ¿Quién administraba los bienes del delito hasta ahora?
La gestión estaba fragmentada y dispersa. La Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) tenía un rol importante, pero no exclusivo.
5. ¿Qué es el Consejo de Bienes Recuperados?
Es un nuevo órgano colegiado, dependiente del Ministerio de Justicia, que supervisará y tomará decisiones sobre la gestión de los bienes del delito.
6. ¿A dónde irán los fondos que se obtengan de la venta de estos bienes?
Se distribuirán entre los distintos organismos del Estado que participan en la lucha contra el delito y la protección de los derechos de las víctimas.
El nuevo régimen de administración de bienes del delito es una herramienta poderosa para una política criminal moderna y eficaz. Si se implementa de manera adecuada, puede contribuir a desfinanciar a las organizaciones criminales, a fortalecer las capacidades del Estado y a generar un círculo virtuoso en el que los recursos recuperados del delito se reinviertan en la seguridad y el bienestar de todos los ciudadanos. El desafío, ahora, es pasar de las buenas intenciones a los hechos concretos.