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El crecimiento de las plataformas digitales para la compra de pasajes aéreos ha simplificado la forma en que los consumidores planifican sus viajes. Sin embargo, con la proliferación de intermediarios en estas transacciones, han surgido complicaciones jurídicas que afectan a los derechos de los usuarios. Este artículo se centra en la problemática de la falta de legitimación pasiva de las agencias de viaje en el marco de litigios por daños y perjuicios relacionados con cancelaciones de vuelos.
El fallo que analizaremos involucra a una consumidora que adquirió pasajes aéreos a través de la plataforma digital Almundo.com, y que, tras la cancelación de su vuelo, decidió demandar tanto a la aerolínea como a la agencia intermediaria por los daños ocasionados y la falta de reembolso. La demanda presentada trajo consigo una serie de interrogantes respecto a la responsabilidad de las agencias de viaje en estos casos y si estas pueden o no ser consideradas legítimas para ser parte en el proceso judicial.
En este caso, la agencia de viajes interpuso una excepción de falta de legitimación pasiva, una figura jurídica que busca excluir a un demandado de un litigio cuando no se le considera el sujeto adecuado para responder por las pretensiones del demandante. El juez de primera instancia aceptó esta excepción, lo que significó que la agencia quedó fuera del juicio en una etapa temprana del proceso.
Para comprender la resolución del caso, es crucial entender qué implica la legitimación pasiva. Se refiere a la capacidad jurídica que tiene un sujeto de ser demandado en un proceso judicial. En términos sencillos, se trata de determinar si una persona o entidad es la correcta para ser demandada por un determinado hecho.
El Código Procesal Civil y Comercial establece que la excepción de falta de legitimación pasiva solo puede ser tratada como “previa” cuando su manifiestación sea evidente. Esto significa que debe poder resolverse sin necesidad de producir prueba adicional, simplemente con los elementos existentes en la causa. Sin embargo, en el caso bajo estudio, la Cámara Civil y Comercial Federal consideró que la falta de legitimación no era evidente y, por tanto, no debía resolverse de manera anticipada, lo que llevó a la revocación de la resolución del juez de primera instancia.
La consumidora argumentó que la agencia estaba obligada a actuar con la debida diligencia, especialmente en lo que respecta a la intermediación para la devolución de las sumas abonadas por el vuelo cancelado. Esta obligación surge del contrato de intermediación que la agencia de viajes mantiene con sus clientes, lo que le impone ciertos deberes de información, asesoramiento y gestión ante posibles inconvenientes.
La jurisprudencia argentina ha venido abordando la cuestión de la responsabilidad de las agencias de viaje en múltiples fallos. En general, las agencias pueden ser consideradas responsables cuando actúan con negligencia o incumplen sus obligaciones contractuales. Sin embargo, la cuestión de la legitimación pasiva en este contexto ha sido objeto de debate, especialmente cuando la agencia actúa únicamente como intermediaria y no como parte directa del contrato de transporte aéreo.
La Cámara Civil y Comercial Federal, al analizar el caso, determinó que la excepción de falta de legitimación pasiva no podía ser resuelta como de previo y especial pronunciamiento debido a que no era manifiesta. Este criterio subraya la importancia de analizar detalladamente la relación contractual entre las partes y el rol de la agencia en la transacción, antes de excluirla del proceso.
El fallo pone en evidencia la complejidad de las relaciones contractuales en el sector del turismo, especialmente en la era digital. Las agencias de viaje, aunque actúan como intermediarias, no pueden desentenderse de las responsabilidades que asumen al vender productos o servicios a los consumidores. Este caso abre la puerta a una reflexión más profunda sobre cómo se regula la actividad de estas plataformas y qué medidas se deben tomar para proteger los derechos de los usuarios.
El caso “M. S. J. c/ Almundo.com SER SA y otro s/ Daños y Perjuicios” es un ejemplo significativo de cómo la excepción de falta de legitimación pasiva puede ser utilizada en litigios relacionados con cancelaciones de vuelos y otros conflictos derivados de la contratación de servicios turísticos. La revocación de la resolución que había excluido a la agencia de viajes del proceso destaca la necesidad de una evaluación exhaustiva de las obligaciones contractuales y la responsabilidad de los intermediarios en estos casos.
Fuente: https://www.diariojudicial.com/news-98543-la-agencia-se-quedo-pero-el-juez-volo