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El derecho de familia ha sido objeto de profundos cambios en las últimas décadas, destacándose entre ellos el reconocimiento de la importancia de las tareas de cuidado en la crianza de los hijos. Un fallo reciente del Juzgado de Paz de Daireaux ha puesto este tema nuevamente en el centro del debate al considerar el valor económico de las tareas de cuidado en la fijación de la cuota alimentaria. Este artículo analiza el fallo, su fundamentación jurídica y su relevancia dentro del contexto del Código Civil y Comercial argentino, así como la necesaria perspectiva de género en la justicia familiar.
1. ¿Qué establece el fallo sobre las tareas de cuidado?
El fallo, emitido en agosto de 2024, en el caso “M. M. V. c/ K. M. G. s/ Alimentos”, introduce un aspecto clave: las tareas de cuidado cotidianas que realiza el progenitor encargado del cuidado personal del hijo tienen un valor económico. Este valor debe ser considerado al determinar la cuota alimentaria, dado que dichas tareas implican una dedicación de tiempo y esfuerzo que tiene un impacto directo en la capacidad económica del progenitor a cargo del niño.
2. Fundamentación jurídica: el Código Civil y Comercial
El fallo se fundamenta en el artículo 660 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC), el cual establece que las tareas cotidianas de cuidado personal de los hijos tienen un valor económico. El artículo refuerza la idea de que el esfuerzo físico y mental invertido en la crianza constituye un aporte que debe ser reconocido, especialmente en aquellos casos donde el progenitor que no convive con el hijo no participa activamente en estas responsabilidades diarias.
a. El derecho alimentario en el CCyC
El derecho alimentario, según el artículo 658 del CCyC, es una obligación compartida por ambos progenitores, independientemente de quién tenga la tenencia del hijo. Este derecho incluye no solo la alimentación, sino también educación, vestimenta, atención médica, esparcimiento y el desarrollo integral del niño. El fallo subraya que el progenitor que asume estas responsabilidades debe ser compensado en función del valor de las tareas que realiza diariamente.
3. Impacto de las tareas de cuidado en la vida cotidiana
El fallo destaca un aspecto esencial: las tareas de cuidado no son meramente actividades rutinarias, sino que requieren un esfuerzo constante y dedicación. Estos cuidados incluyen supervisión, atención, control de actividades escolares y extracurriculares, y el manejo de situaciones emocionales que surgen en el proceso de crianza. En el caso bajo análisis, la madre, quien asumía estas responsabilidades de manera casi exclusiva, solicitó una cuota alimentaria que reflejara el valor económico de esas tareas.
a. Perspectiva económica: el valor del tiempo dedicado
El tiempo es un recurso económico clave en la sociedad actual. Las horas invertidas en el cuidado de los hijos limitan la posibilidad del progenitor a cargo de dedicarse a actividades laborales que le generen ingresos. Esta limitación debe ser considerada al momento de calcular la cuota alimentaria, lo que implica un enfoque más justo y equilibrado respecto a la contribución de ambos progenitores.
4. Perspectiva de género en la justicia alimentaria
El fallo incorpora la perspectiva de género al reconocer que las tareas de cuidado han sido históricamente asumidas por mujeres, quienes enfrentan mayores desafíos en el ámbito laboral debido a la dedicación que requieren sus hijos. El reconocimiento de que estas tareas tienen un valor económico es un paso fundamental hacia la equidad de género en el derecho de familia.
a. Normativa internacional: la CEDAW y Belém do Pará
La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención de Belém do Pará, ambos tratados con jerarquía constitucional en Argentina, refuerzan la necesidad de juzgar con perspectiva de género. Esto incluye reconocer que las mujeres, en muchos casos, enfrentan cargas desproporcionadas en el cuidado de los hijos, lo cual debe reflejarse en las decisiones judiciales sobre alimentos.
5. Determinación de la cuota alimentaria: factores económicos y necesidades del niño
El fallo en cuestión fijó una cuota alimentaria de $528.359,88, tomando en cuenta el costo de la Canasta Básica Total (CBT) del Gran Buenos Aires y el costo del cuidado personal según la Canasta de Crianza del INDEC. Este método, según el tribunal, es una forma objetiva y confiable de estimar las necesidades básicas del niño, considerando no solo los costos directos de su manutención, sino también el valor del cuidado personal que recae principalmente sobre la madre.
6. Jurisprudencia previa y su relación con el fallo
El reconocimiento del valor económico de las tareas de cuidado no es novedoso en la jurisprudencia argentina. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el caso “S., A. I. c/ P., J.” de 2014, ya había señalado que el progenitor que asume el cuidado personal del hijo tiene menos tiempo para actividades rentables, lo que debe ser compensado al momento de fijar la cuota alimentaria.
a. Evolución jurisprudencial
Desde la entrada en vigencia del CCyC, los tribunales han ido consolidando la idea de que las tareas de cuidado deben valorarse económicamente. El fallo de Daireaux refuerza esta tendencia, estableciendo un precedente importante para futuros casos.
7. Actualización de la cuota alimentaria: un mecanismo ante la inflación
Dado el contexto inflacionario de Argentina, el tribunal consideró necesario establecer una actualización mensual de la cuota alimentaria en función del último informe del INDEC sobre la CBT y la Canasta de Crianza. Este mecanismo busca evitar litigios recurrentes sobre el aumento de la cuota y garantizar que el monto fijado mantenga su poder adquisitivo.
8. ¿Qué implica este fallo para el futuro del derecho de familia?
Este fallo es un avance significativo en la justicia alimentaria argentina. Al reconocer el valor económico de las tareas de cuidado, se avanza hacia una mayor equidad en la distribución de las cargas parentales y se promueve un enfoque más justo en la fijación de la cuota alimentaria. Además, sienta un precedente relevante para casos futuros, donde las tareas de cuidado seguirán siendo un factor clave en las decisiones judiciales.
Conclusión
El fallo del Juzgado de Paz de Daireaux es un hito en la justicia familiar argentina, al considerar las tareas de cuidado como un factor determinante en la fijación de la cuota alimentaria. Este reconocimiento no solo refleja una lectura moderna del derecho, sino que también incorpora una perspectiva de género esencial en la búsqueda de la equidad en las relaciones familiares. Al avanzar en este camino, se garantiza una mayor justicia para quienes asumen la responsabilidad del cuidado diario de los hijos, y se contribuye a una interpretación más inclusiva y justa del derecho de familia.