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La relación entre la ley y los derechos de los trabajadores es un tema de vital importancia en el ámbito jurídico. Con la promulgación de nuevas leyes, surge la pregunta: ¿Cómo afectan estas normativas a las relaciones laborales ya establecidas? En este artículo, exploraremos en profundidad el principio de irretroactividad de las leyes, consagrado en el artículo 7 del Código Civil y Comercial de la Nación, y su aplicación en el contexto laboral, particularmente en relación con la Ley Bases.
El artículo 7 del Código Civil y Comercial de la Nación establece un principio fundamental en nuestro ordenamiento jurídico: la irretroactividad de las leyes. Este principio implica que las leyes no pueden modificar situaciones jurídicas que ya se encuentran consolidadas bajo una normativa anterior. En otras palabras, las nuevas leyes se aplican a situaciones futuras, protegiendo los derechos adquiridos y garantizando la seguridad jurídica, un pilar esencial en cualquier estado de derecho.
El artículo 7 del Código Civil y Comercial de la Nación establece que las leyes se aplican a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes a partir de su entrada en vigencia. No tienen efecto retroactivo, salvo disposición expresa en contrario. Este precepto resguarda la seguridad jurídica al impedir que las nuevas leyes afecten derechos ya consolidados bajo normativas anteriores.
Uno de los aspectos más relevantes de la Ley Bases es su impacto en las relaciones laborales que estaban vigentes al momento de su promulgación. Según el principio de irretroactividad, estas modificaciones no pueden afectar de manera retroactiva a las relaciones laborales preexistentes, a menos que la propia ley disponga lo contrario de manera explícita.
Para comprender cómo se aplican las nuevas normativas en el ámbito laboral, es crucial distinguir entre las consecuencias futuras de las relaciones laborales y los derechos ya adquiridos. Las consecuencias futuras son aquellos efectos que surgen tras la entrada en vigencia de una nueva ley, mientras que los derechos adquiridos son aquellos que se han consolidado bajo la normativa vigente en el momento de su adquisición.
Por ejemplo, un cambio en la legislación que introduce nuevos beneficios para los trabajadores no puede aplicarse a situaciones que ocurrieron antes de la promulgación de la ley. Sin embargo, sí puede aplicarse a las consecuencias futuras de relaciones laborales en curso.
Un tema clave en la discusión sobre la irretroactividad es el momento en que se adquieren los derechos emergentes de la extinción de un contrato de trabajo. Según la jurisprudencia y doctrina argentina, estos derechos se consolidan en el momento en que se produce la extinción del contrato. Esto significa que cualquier cambio legislativo posterior no puede afectar dichos derechos, ya que estos se adquieren al momento de la finalización del contrato bajo la normativa vigente en ese momento.
La doctrina ha abordado extensamente la cuestión de la irretroactividad y su aplicación en el ámbito laboral. En su “Tratado de Derecho del Trabajo”, Juan Carlos Fernández Madrid señala que los derechos indemnizatorios emergen en el momento en que se produce el despido, y que cualquier modificación legislativa posterior no puede afectar estos derechos. Por su parte, Héctor H. Mairal, en su análisis del artículo 7 del Código Civil y Comercial, sostiene que la adquisición de derechos en el momento de la extinción del contrato es una aplicación directa del principio de irretroactividad, lo que protege la seguridad jurídica de los trabajadores.
El análisis de la doble indemnización establecida por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 34/2019 proporciona un paralelo interesante con respecto al principio de irretroactividad. Este decreto, que introdujo una doble indemnización por despido, fue aplicado a partir de su promulgación y no afectó retroactivamente las relaciones laborales existentes.
En conclusión, la aplicación del principio de irretroactividad, consagrado en el artículo 7 del Código Civil y Comercial, es fundamental para garantizar la protección de los derechos adquiridos y la seguridad jurídica en el ámbito laboral. La Ley Bases, como cualquier otra normativa nueva, debe respetar este principio, afectando únicamente las consecuencias futuras de las relaciones laborales vigentes al momento de su entrada en vigencia. Los derechos emergentes de la extinción del contrato de trabajo, en particular, se consolidan al momento de dicha extinción, protegiendo así a los trabajadores de cualquier modificación retroactiva.
Este enfoque, respaldado por la jurisprudencia y doctrina, asegura que los trabajadores en Argentina continúen gozando de una protección sólida y coherente con los principios fundamentales del derecho laboral.
Fuente: https://www.diariojudicial.com/news-98535-aplicacion-de-la-ley-bases-a-las-relaciones-laborales-vigentes