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La reciente sentencia de la Sala II de la Cámara en lo Civil en Documentos y Locaciones de Tucumán ha puesto de relieve una práctica abusiva en el ámbito de la salud, condenando a un sanatorio por exigir la firma de un pagaré en blanco como condición para realizar una cirugía. Esta decisión judicial no solo tiene implicaciones legales importantes, sino que también subraya los derechos de los pacientes y consumidores en situaciones de vulnerabilidad.
El caso se originó cuando un hombre presentó una demanda contra un sanatorio de Tucumán. El demandante relató que, el día de la cirugía de su esposa, el personal administrativo le entregó un pagaré en blanco junto con otros documentos requeridos, informándole que debía firmarlo para que la intervención se realizara. Ante su inicial negativa, el personal le explicó que esta era una práctica común y que la cirugía no se llevaría a cabo sin la firma del pagaré. Bajo presión, el hombre accedió a firmar.
El fallo destacó que condicionar la atención médica a la firma de un pagaré en blanco es una práctica abusiva que restringe la libertad de contratación del consumidor. Esta acción vulnera derechos fundamentales como la dignidad, la autodeterminación y la soberanía del consumidor, especialmente en contextos de vulnerabilidad relacionados con la salud.
Las juezas María Soledad Monteros y Myriam Gisela Fátima Fajre señalaron que el sanatorio había violado varios derechos regulados por la Constitución Nacional, la Ley de Derechos del Paciente y la Ley de Defensa del Consumidor. Estos derechos incluyen el deber de información y el respeto a la dignidad humana. La información proporcionada al demandante fue considerada insuficiente para formar una opinión consciente y tomar una decisión informada, especialmente en una etapa precontractual.
El consentimiento informado es un pilar fundamental en el ámbito de la salud. Este principio requiere que los pacientes reciban toda la información necesaria de manera clara y comprensible para tomar decisiones sobre su tratamiento. En este caso, el tribunal consideró que la falta de información adecuada y la presión para firmar un pagaré en blanco socavaron este principio, resultando en un consentimiento no esclarecido ni plenamente eficaz.
Para calcular el daño moral, las camaristas tuvieron en cuenta el trato vejatorio e intimidatorio sufrido por el demandante. El incumplimiento del sanatorio a sus deberes de información y trato digno causó una lesión a las afecciones legítimas del actor, afectando su paz, tranquilidad, libertad individual, honor e integridad física. La incertidumbre y angustia generadas por la necesidad de firmar un pagaré en blanco también fueron factores considerados en la evaluación del daño.
Esta sentencia pone de relieve la necesidad de revisar y regular las prácticas comerciales en el ámbito de la salud. Los establecimientos sanitarios deben asegurarse de que sus políticas no impongan condiciones abusivas a los pacientes, respetando sus derechos y dignidad. La exigencia de un pagaré en blanco como condición para recibir atención médica es una práctica que debe ser erradicada para proteger a los consumidores.
Los establecimientos de salud tienen la responsabilidad de proporcionar información clara y completa sobre los servicios y sus condiciones económicas. Deben fomentar un entorno en el que los pacientes puedan tomar decisiones informadas sin sentir presión o coacción. La transparencia y el respeto por los derechos de los pacientes son esenciales para construir una relación de confianza y garantizar una atención de calidad.
La sentencia de la Sala II de la Cámara en lo Civil en Documentos y Locaciones de Tucumán marca un precedente importante en la protección de los derechos de los pacientes y consumidores en el ámbito de la salud. Condicionar la atención médica a la firma de un pagaré en blanco es una práctica abusiva que viola principios fundamentales de dignidad y autodeterminación. Este fallo subraya la necesidad de transparencia y respeto en la relación entre los proveedores de salud y sus pacientes, garantizando que todos los procedimientos se realicen con un consentimiento informado y libre de coacción.
Un pagaré en blanco es un documento de deuda que se firma sin especificar el monto, permitiendo al acreedor completarlo posteriormente. En este caso, se utilizó como garantía para la realización de una cirugía.
Porque impone una condición que restringe la libertad de contratación del consumidor, violando derechos fundamentales como la dignidad y la autodeterminación, especialmente en contextos de vulnerabilidad.
Se vulneraron derechos regulados por la Constitución Nacional, la Ley de Derechos del Paciente y la Ley de Defensa del Consumidor, incluyendo el deber de información y el respeto a la dignidad humana.
El consentimiento informado permite a los pacientes tomar decisiones conscientes y voluntarias sobre su tratamiento, basándose en información clara y completa proporcionada por los profesionales de salud.
Se tuvo en cuenta el trato vejatorio e intimidatorio sufrido por el demandante, así como la incertidumbre y angustia generadas por la necesidad de firmar un pagaré en blanco.
Destaca la necesidad de revisar y regular las prácticas comerciales en el ámbito de la salud, asegurando que los establecimientos respeten los derechos de los pacientes y proporcionen información clara y completa.